En Washington, D.C., tener un expediente penal puede sentirse como una cadena perpetua, incluso después de haber cumplido su condena. Pero hay buenas noticias. La Ley de Enmienda de Segunda Oportunidad de 2022 finalmente está programada para entrar en vigor en marzo de 2025, y trae los cambios más significativos en años a las leyes de sellado de expedientes de D.C. Si usted tiene un antecedente penal en el Distrito, esta ley podría ser su oportunidad para empezar de cero.
¿Qué es la Ley de Enmienda de Segunda Oportunidad?
Aprobada fue en 2022, la Ley de Enmienda de Segunda Oportunidad fue diseñada para reformar las anticuadas leyes de sellado de expedientes del Distrito. Bajo el sistema anterior, lograr que se sellara o eliminara un expediente era un proceso complicado y lento, con una elegibilidad muy limitada. La nueva ley amplía la elegibilidad, simplifica el proceso e incluso incluye la eliminación automática para ciertos delitos.
Sin embargo, hubo un gran problema: el Concejo de D.C. no asignó los fondos para la ley, por lo que nunca entró en vigor. Ahora, tras años de espera, el financiamiento finalmente ha sido aprobado y la ley está programada para entrar en vigor en marzo de 2025. Esto significa que miles de residentes de D.C. con antecedentes penales pronto tendrán una nueva oportunidad de salir adelante sin la carga de los errores del pasado.
Varias disposiciones de la ley entrarán en vigor de manera gradual. Las eliminaciones automáticas de condenas y no condenas por cargos que posteriormente hayan sido legalizados o declarados inconstitucionales entrarán en vigor el 1 de enero de 2026. A partir de esa misma fecha, los casos antiguos deberán ser eliminados por el tribunal a más tardar el 1 de octubre de 2027, mientras que los casos nuevos se eliminarán en un plazo de 90 días.
¿Quién califica para la eliminación o el sellado de expedientes bajo la nueva ley?
La ley facilita que las personas limpien sus antecedentes al introducir opciones de eliminación automática, eliminación por moción y sellado de expedientes. Esto es lo que necesita saber:
Eliminación automática (Expungement)
Por primera vez, D.C. implementará la eliminación automática de antecedentes para ciertos delitos. Esto significa que los registros elegibles se borrarán por completo sin necesidad de presentar una solicitud ante el tribunal. La eliminación automática se aplica a:
- Delitos despenalizados o legalizados: Si la ley ha cambiado y su infracción ya no se considera un delito (como los casos pasados de posesión de marihuana), su expediente será eliminado.
- Condenas inconstitucionales: Si un tribunal superior dictamina que una ley es inconstitucional, cualquier condena bajo esa ley será borrada.
- Ciertos delitos relacionados con la marihuana: Específicamente, casos que involucren posesión simple antes del 15 de febrero de 2015.
Estas disposiciones entrarán en vigor el 1 de enero de 2026. Para los casos antiguos, el tribunal deberá eliminar los registros a más tardar el 1 de octubre de 2027. Para los nuevos registros, el tribunal tiene un plazo de 90 días para proceder con la eliminación. Estas disposiciones se aplican tanto a los casos desestimados como a las condenas por delitos elegibles.
Eliminación por moción
Para otros casos, las personas aún pueden solicitar al tribunal la eliminación mediante una moción. Esto se aplica a los casos en los que:
- El cargo fue desestimado o resultó en una absolución.
- La persona puede demostrar su inocencia real del delito.
A diferencia de la eliminación automática, este proceso requiere presentar una moción ante el tribunal. El solicitante, sin embargo, debe demostrar por una preponderancia de la evidencia que el delito no ocurrió o que otra persona lo cometió. Esta sección del código deja prácticamente intacto el proceso que ya existía bajo la antigua ley para presentar una moción de sellado basada en inocencia real.
Sellado automático de expedientes
Si tiene antecedentes penales pero no califica para la eliminación, aún podría ser elegible para el sellado automático de su expediente. Esto significa que el público ya no tendrá acceso al registro, aunque este seguirá existiendo en las bases de datos de las fuerzas del orden. El sellado automático se aplica a:
- Registros sin condena: Si fue arrestado pero nunca fue condenado, su expediente será sellado para ciertos delitos menores elegibles.
- Ciertas condenas por delitos menores: Si han pasado al menos 10 años desde que cumplió su condena, el expediente se sellará automáticamente (a menos que el delito entre en ciertas excepciones, como casos de violencia doméstica o conducción bajo los efectos del alcohol o drogas —DUI—).
En consecuencia, a partir del 1 de enero de 2026, muchos cargos por delitos menores que no resulten en una condena serán elegibles para la eliminación automática. Estos delitos incluyen infracciones comunes que no involucren violencia doméstica, tales como agresión simple, entrada ilegal y posesión simple de drogas. Los delitos elegibles no incluyen cargos relacionados con DUI, delitos de violencia doméstica, abuso sexual menor y una serie de otras infracciones. Para las condenas elegibles, las eliminaciones automáticas entrarán en vigor 10 años después de que la persona haya cumplido su condena. Esto también comenzará a aplicarse el 1 de enero de 2026.
Sellado por moción
Si su delito no es elegible para el sellado automático, es posible que aún pueda presentar una moción para que se selle. Esta opción está disponible para:
- La mayoría de las condenas por delitos menores y graves tras un período de espera (5 años para delitos menores, 8 años para delitos graves).
- Casos en los que el sellado responda a los “intereses de la justicia”, lo que significa que los beneficios de sellar el expediente superan el interés público de mantenerlo accesible.
Al decidir si concede una moción, el tribunal considerará factores como:
- La naturaleza del delito.
- Los antecedentes penales de la persona.
- El tiempo transcurrido desde el delito.
- Declaraciones de las víctimas y de los fiscales.
- Evidencia de rehabilitación.
Si se concede, el sellado significa que su expediente ya no será público, pero las fuerzas del orden y ciertas agencias gubernamentales aún podrán acceder a él. El gran cambio con respecto a la ley de sellado anterior es que los denominados “delitos menores no elegibles” (cargos como DUI, OWI y delitos de violencia doméstica) ya no requieren cumplir con un período de espera si el cargo es desestimado.
Bajo la ley antigua, los cargos desestimados requerían un período de espera de cuatro años desde la fecha de desestimación o un período de tres años desde la fecha en que el caso fue archivado sin cargos (no papered). Ahora, las personas que tengan cargos por delitos graves o por lo que antes se definía como delitos menores no elegibles pueden solicitar el sellado de inmediato. Esto no significa que el juez otorgará la moción automáticamente, pero se ha eliminado el período de espera para la elegibilidad.
Además, si las personas no desean esperar 10 años para que su condena por un delito menor elegible se selle automáticamente, pueden solicitar el sellado cinco años después de haber completado la condena. Estas disposiciones entran en vigor el 1 de marzo de 2025. Incluso las condenas por delitos graves pueden sellarse —con excepción de ciertos delitos graves como homicidio, violación y robo a mano armada de vehículos (armed carjacking)— si el solicitante espera ocho años desde el cumplimiento de la condena.
Por qué es importante esta ley
Para cualquier persona con antecedentes penales en D.C., esta ley cambia las reglas del juego. Un expediente penal puede hacer que sea casi imposible conseguir un trabajo, alquilar un departamento o incluso obtener un préstamo. Al ampliar las opciones de eliminación y sellado, la Ley de Enmienda de Segunda Oportunidad ofrece a miles de personas la oportunidad de reconstruir sus vidas sin el estigma de las condenas pasadas.
Además, la ley reconoce que no todos los antecedentes penales deberían ser permanentes. Las personas cometen errores. Las leyes cambian. Y a veces, el sistema de justicia se equivoca. Esta legislación reconoce estas realidades y proporciona un camino significativo hacia la redención.
Cómo aprovechar la nueva ley
Si cree que podría ser elegible para la eliminación o el sellado de su expediente bajo la Ley de Enmienda de Segunda Oportunidad, esto es lo que debe hacer:
- Averigüe si su expediente califica: No todos los delitos son elegibles, por lo que deberá revisar los criterios.
- Reúna sus registros: Esto incluye documentos judiciales, registros de sentencias y cualquier papeleo legal relevante.
- Consulte con un abogado: La ley es compleja y contar con un especialista con experiencia puede aumentar significativamente sus posibilidades de éxito.
- Presente una moción si es necesario: Si su expediente no califica para la eliminación o el sellado automático, es posible que deba presentar una solicitud formal ante el tribunal.
No espere: busque ayuda ahora
La Ley de Enmienda de Segunda Oportunidad finalmente brinda a los residentes de D.C. una oportunidad largamente esperada para avanzar sin la carga de un expediente penal. Sin embargo, navegar por el proceso de eliminación de antecedentes aún puede ser complicado y no todas las personas calificarán para este beneficio. El momento de actuar es ahora; no permita que su pasado defina su futuro.
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