En DC, una Orden de Protección Civil (CPO, por sus siglas en inglés) es muy similar a una orden de restricción. Es una orden judicial que exige que una persona realice o se abstenga de realizar ciertos actos. Por ejemplo, si su ex cónyuge lo está acosando o acechando, puede presentar una petición ante el tribunal para que se ordene a su ex cónyuge que no tenga contacto con usted.

La persona que solicita una CPO se denomina “Peticionario”. La persona contra quien se presenta la CPO se denomina “Demandado”. Cualquier persona puede solicitar una CPO si siente que necesita protegerse contra alguien con quien tiene una “relación intrafamiliar”. En general, una CPO exigirá que el demandado permanezca al menos a 100 pies de distancia del peticionario en todo momento y que no tenga ningún contacto con él, incluidas las comunicaciones electrónicas y a través de redes sociales. Por lo general, también prohíbe comunicarse con la persona a través de terceros. Los términos de una CPO pueden variar según la situación del peticionario.

El proceso de solicitud

Para obtener una CPO, un peticionario debe acudir a un Centro de Recepción de Violencia Doméstica (Domestic Violence Intake Center) en el Tribunal Superior de DC y presentar una petición de CPO. Esta petición es firmada por el peticionario bajo juramento. Después de presentar la petición, se le asignará una fecha de audiencia para la CPO. Antes de la audiencia, debe notificar debidamente al demandado sobre la misma. Usted no puede notificar al demandado personalmente; el notificador debe ser otra persona mayor de 18 años.

La primera audiencia será para lo que se denomina “Orden de Protección Temporal” (TRO, por sus siglas en inglés). Esa audiencia se lleva a cabo de forma ex parte, lo que significa que solo asiste una parte: el peticionario. El estándar legal para esto es extremadamente bajo y los jueces suelen conceder la TRO de manera rutinaria. La TRO permanece vigente durante 10 días hábiles.

Una vez que el demandado ha sido notificado, se programa una audiencia de CPO. En esta audiencia, debe demostrar al juez que el demandado cometió o amenazó con cometer un delito contra usted. Es imperativo que lleve pruebas y testigos a la audiencia para ayudar a probar sus alegatos. El tribunal emitirá una CPO si el juez determina que el demandado cometió o amenazó con cometer un delito en su contra. Si el demandado no se presenta a la cita judicial, se puede dictar una CPO por defecto.

Incumplimiento de la orden

El propósito de una CPO es proteger al peticionario, no necesariamente castigar al demandado. Sin embargo, si el demandado viola los términos de una CPO, el peticionario puede emprender acciones penales contra él. Puede denunciar las violaciones de la CPO de dos maneras:

  1. Llamando a la policía.
  2. Presentando una moción por desacato penal.

Si el demandado es arrestado, o si usted presenta una moción por desacato penal, el tribunal fijará una nueva fecha de audiencia en la que un juez determinará si el demandado violó la CPO. Usted deberá testificar ante el juez para demostrar que el demandado incumplió los términos. Si un juez determina que el demandado violó la CPO, este podría tener que cumplir una condena en la cárcel, pasar tiempo en libertad condicional y/o pagar multas al tribunal. Si presenta una Moción por Desacato, el primer paso en el proceso es que la Oficina del Fiscal General (la misma agencia que procesa los casos de DUI en DC) determine si procederá con la acusación de los alegatos.

Modificación, extensión o anulación

Una CPO suele tener una validez de un año. Si desea modificar, extender o anular la CPO, debe hacerlo a través del tribunal. No puede alterar unilateralmente los términos de una CPO. Para realizar cambios, debe presentar una moción ante el tribunal explicando por qué desea modificar los términos. Se le asignará una nueva fecha de audiencia, momento en el cual explicará a un juez por qué desea realizar dichos cambios.

Si usted o alguien que conoce está interesado en presentar una solicitud para una CPO, comuníquese con Scrofano Law PC de inmediato para una consulta.

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