Preguntas frecuentes: DUI de DC
En el desafortunado caso de que lo arresten por un presunto DUI dentro del Distrito de Columbia, es probable que tenga muchas preguntas que desee que le respondan. En Scrofano Law PC, si bien los hechos de cada caso son diferentes, creemos que las respuestas a las siguientes preguntas son esenciales para saber si se enfrenta a una posible condena por DUI en DC:
¿Seré condenado por mi DUI?
Para ser condenado por un DUI en el Distrito, el gobierno tiene que probar que usted (1) estaba operando un vehículo motorizado y que estaba (2) intoxicado. No hace falta decir que cuantas menos pruebas tenga el gobierno en su contra, más posibilidades tendrá de evitar la condena. Desafortunadamente, no hay un resultado garantizado en ningún caso.
El resultado de su caso depende en gran medida de numerosos factores, como sus interacciones con la policía la noche de su arresto, qué tan bien le fue en las pruebas de sobriedad y la prueba del alcoholímetro, y si estuvo involucrado en una colisión. Cada pieza de evidencia que el gobierno tiene en su contra puede ser impugnada y ningún caso es imposible de ganar.
¿Conseguiré tiempo en la cárcel?
En el Distrito, el tiempo en la cárcel y el pago de multas legales son poco comunes para una condena por DUI. Sin embargo, técnicamente, tanto el tiempo en la cárcel como las multas son posibles. Por un primer delito de DUI, la pena es de hasta 180 días en la cárcel. Los infractores de DUI por segunda vez enfrentan hasta 1 año de encarcelamiento y/o hasta $5,000 en multas.
Por lo general, no hay tiempo de cárcel obligatorio ni multas por la primera ofensa. Sin embargo, hay varias disposiciones en la ley que activan la cárcel mínima obligatoria y multas para los infractores primerizos y reincidentes.
Para los primeros infractores, se impone una cárcel mínima obligatoria de 10 días si su BAC era .20 o superior; se impone un mínimo obligatorio de 15 días si su BAC fue de .25 o más, o si dio positivo por una sustancia controlada de la Lista I; y se impone un mínimo obligatorio de 20 días si su BAC era .30 o superior.
Si es un infractor de DUI por segunda vez, hay un mínimo obligatorio de 10 días y aumenta si su BAC era .20 o más. Hay una multa mínima obligatoria de $2,500 por DUI posteriores después del primero. Cualquier DUI adicional aumenta automáticamente la cárcel mínima obligatoria que podría cumplir si es condenado. La posibilidad de pasar tiempo en la cárcel también aumenta si estuvo involucrado en una colisión. Además, aunque es muy poco probable que tenga que pagar multas legales si es condenado, la advertencia es que, lo más probable es que el tribunal le ordene pagar una contribución de $100 a $250 al Fondo para Víctimas de Crímenes Violentos.
¿Debería aceptar un acuerdo con la fiscalía?
En un caso de DUI de DC, la mayoría de las veces, un infractor es acusado de conducir bajo la influencia y operar en estado de ebriedad (“OWI”). Por lo general, el gobierno ofrecerá a un infractor de DUI el siguiente acuerdo de culpabilidad: si se declara culpable de DUI, desestimarán el OWI. Esto parece un buen negocio porque una carga es mejor que dos cargas, ¿verdad? Eso es lo que el gobierno quiere que pienses. Sin embargo, esta oferta de culpabilidad es cualquier cosa menos un trato.
Lo que el gobierno no le dirá es que ambos cargos se fusionan de todos modos, por lo que, en última instancia, terminará enfrentando solo el cargo de DUI. No está mejor si acepta este tipo de oferta de declaración de culpabilidad que si llevara el caso a juicio y perdiera. Pero, no tienes ninguna posibilidad de ganar si te declaras culpable. Si el gobierno le ofrecerá a un infractor de DUI otro tipo de acuerdo de culpabilidad depende de si el DUI involucró una colisión, si los puntajes del alcoholímetro excedieron cierto límite, si el infractor tiene condenas previas por DUI y otros factores.
¿Qué pasa si soy condenado?
Toda persona condenada por un delito tiene derecho a apelar. Si debe o no apelar depende de lo que esté buscando para salir de la situación. Debido al proceso judicial tedioso y lento, es probable que ya haya completado su sentencia antes de que se decida su apelación. Si bien es probable que no evite su sentencia, puede lograr una victoria moral al ganar una apelación porque su condena sería anulada y borrada de su registro. No obstante, una victoria moral es una victoria, y tiene mucho que ganar si gana una apelación.
Aparte de su opción de apelar, desafortunadamente, no tiene muchas otras opciones si es condenado por un DUI de DC. Según la ley de DC, una condena por DUI está etiquetada como un delito menor no elegible, lo que significa que no puede sellar, borrar o eliminar completamente el registro de su DUI. Sin embargo, puede obtener un arresto por DUI sellado después de cuatro años si no es condenado.
¿Tengo que decirle a mi empleador o escuela?
Lo más probable es que su encuentro con la ley sea algo que probablemente no quiera que otras personas se enteren. Eres humano y cometes errores, pero probablemente preferirías mantener este error en secreto. Desafortunadamente, muchos empleadores, instituciones educativas, etc. exigen que les informe sobre cualquier arresto, cargos pendientes y condenas en su registro. Probablemente sea mejor preguntarle a su jefe, escuela, etc. si es necesaria la divulgación antes de informarles sobre información confidencial.
¿Debo contratar a un abogado?
Cuando se enfrenta a una posible condena por DUI, es posible que tenga más preguntas que las mencionadas anteriormente y que necesite respuestas más detalladas. Es imperativo que contrate a un abogado con experiencia en DUI que responderá todas y cada una de las preguntas que pueda tener. En Scrofano Law PC, hemos ayudado a numerosos clientes con todas sus preguntas sobre DUI. Si bien no podemos garantizar el resultado de su caso, podemos ofrecerle previsibilidad y tranquilidad en cada paso del camino.
¿NECESITA UN ABOGADO?